domingo, 14 de abril de 2024

BOURDIEU, Pierre - Los juristas, guardianes de la hipocresía colectiva


Una de las calamidades de la ciencia social la constituyen todas esas manifestaciones del pensamiento dualista que se traducen en pares de conceptos antagonistas: interno/externo, puro/impuro, normativo/positivo, axiológico/sociológico, comprensivo/ explicativo, Kelsen y Marx, y toda suerte de oposiciones de la misma especie. Por declarar en seguida mis intenciones, diré que mi trabajo, sin que haya proyectado hacerlo, tiene como consecuencia, a mi modo de ver, superar esas oposiciones. Si tomo la oposición entre Kelsen y Marx, que casi recubre la oposición entre lo interno y lo externo, es importante saber que se la vuelve a encontrar por todas partes, bajo formas y con bases sociales semejantes, en el ámbito de la sociología del arte, en el ámbito de la sociología de la ciencia, en el ámbito de la sociología de la filosofía, en el ámbito de la sociología de la literatura, etcétera. Lo cual permite trasladar efectivamente de un espacio a otro las adquisiciones. Creo que hay que rechazar también la alternativa del derecho como ideología o como ciencia. Decir que el derecho es una ideología es perder de vista la lógica y el efecto específicos del derecho. Aclarado esto, decirlo también es operar una ruptura con la representación ingenua, que pretende que el derecho es universal, como ciencia o como norma. Se puede afirmar, como hace Kelsen, que el derecho es un sistema normativo sin quedar obligado a darle un fundamento transhistórico o trans-social. Dicho de otro modo: la oposición que siempre se establece entre relativismo (o historicismo) y absolutismo, o incluso entre verdad e historia, es ficticia. Se puede rechazar el fundamento de tipo kelseniano, esa especie de proeza de la absolutización, sin quedarse en el vacío relativista. La pretensión de universalidad de los juristas está fundamentada, pero de un modo distinto a como la conciben ellos; no está fundamentada en una norma fundamental. Hay que abandonar la cuestión del fundamento y aceptar que el derecho, al igual que la ciencia o el arte (los problemas son los mismos en materia de derecho y de estética), puede estar fundamentado únicamente en la historia, en la sociedad, sin que por ello queden aniquiladas sus pretensiones de universalidad.

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